AHORROS

APORTES SOCIALES

Corresponde al compromiso estatutario de hacer una cuota mensual como Aportes Sociales, con descuento autorizado por el asociado, quien puede seleccionar entre el 2 % y el 10 % de su salario.

De ese valor mensual, el 30 % se califica como Aportes Sociales y constituyen el patrimonio del Fondo de Empleados.

AHORRO PERMANENTE

El otro 70 % de la cuota periódica mensual, se califica como Ahorros Permanentes y el Fondo reconoce un interés mensual equivalente al IPC, como revalorización ordinaria mensual, además de las revalorizaciones extraordinarias que la Junta Directiva puede aprobar como operaciones puntuales con cargo al excedente que el Fondo va acumulando.

Tanto los Aportes Sociales como los Ahorros Permanentes, se devuelven a los asociados al momento de su retiro del Fondo, siempre y cuando se encuentre al día con sus obligaciones.

AHORRO PROGRAMADO

Asociados que tengan un año de antigüedad en el Fondo, pueden suscribir un contrato de Ahorro Programado a seis (6) meses, por una cuantía mínima mensual del 10 % del SMMLV, descontada por nómina.

Al cumplir el tiempo pactado se hace la devolución de los ahorros programados más los intereses ganados equivalentes a IPC mensual.

AHORRO RETORNABLE

Después que el Asociado tenga a su favor por concepto de Aportes Sociales y Ahorros Permanentes, la suma equivalente a un mes de su salario, puede suscribir un AHORRO RETORNABLE hasta por el 8 % de su salario.

De esta manera continua con el descuento autorizado de Aportes Sociales y Ahorros Permanentes, y adicional con Ahorro Retornable que autorice descontar de su salario mensual.

El Fondo de Empleados reconoce sobre el saldo del Ahorro Retornable, un interés mensual equivalente al IPC, y posibilita que el Asociado efectúe retiros o compensaciones con créditos una vez por año. Si el Asociado no tiene deuda con el Fondo, puede retirar cada año, la totalidad de su ahorro retornable, pero si tiene deuda, puede abonar a la misma el ahorro retornable.

CDAT´S

Por Certificado de Depósito de Ahorro a Término, C.D.A.T., se entiende la operación mediante la cual un asociado deposita en el Fondo de Empleados de Fedepalma una suma de dinero a un plazo determinado y con una tasa de interés establecida . La duración de los CDAT será a términos de 90, 180 y 360 días, en todo caso no podrá ser inferior a 90 días.

El monto mínimo del Depósito de Ahorro a Término será el equivalente a un (01) SMMLV Salario Mínimo Mensual Legal Vigente, y el monto máximo no podrá exceder del 10 % del monto global total autorizado, que corresponde al valor total del cupo del Convenio Cenipalma para adquisición de vehículo.

No obstante la Junta Directiva del Fondo tiene la facultad, de acuerdo a criterios de equidad y oportunidad, de aceptar depósitos de ahorro a término que superen el limite de la cuantía máxima. VER ANEXO

Tasa InterÉs Junio, Julio, Agosto.



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